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JORNADAS SOBRE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO |
| Día 18 de Junio de 2009 |
Formación sobre la Nueva Ley de Contratos del
Sector Público
[+ info]
La entrada en vigor el pasado mes de mayo de la nueva Ley de
Contratos del Sector Público supone un reto para aquellas
empresas que prestan servicios a la Administración. La solvencia
de estas empresas, unido a altos estándares de calidad y fiabilidad
en el proceso, hacen de la nueva forma de contratación pública un
proceso complejo que se debe dominar. De un lado, los
Departamentos de Asesoría y Despachos de Abogados, y del otro,
los responsables de la contratación por parte de las
Administraciones Públicas, debatirán y harán más accesible a los
asistentes esta renovación legislativa de tan alta repercusión.
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Hotel Intercontinental
Paseo de la Castellana, 49
28046 Madrid
Tel. +34 91 700 73 00 |
| Organiza : Executive
Forum España |
| Importe: 450 € + IVA = 522 € |
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Ratificando este cambio de
enfoque, la presente Ley se separa de la arquitectura adoptada por la
legislación de contratos públicos desde la
Ley 13/1995, de 18 de mayo, basado en una estructura bipolar
construida alrededor de una «parte general», compuesta por normas
aplicables a todos los contratos, y una «parte especial», en la que se
recogían las peculiaridades de régimen jurídico de los contratos
administrativos «típicos». Esta sistemática, que constituyó un notable
avance técnico respecto de la configuración clásica de la Ley de
Contratos del Estado, no resulta, sin embargo, la más adecuada para
dar soporte a una norma con el alcance que se pretende para la Ley de
Contratos del Sector Público, afectada por los condicionantes de
regular de forma directa el régimen de contratación de un abanico más
amplio de sujetos destinatarios, y de hacer posible, desde la misma
estructura de la Ley, un tratamiento diferenciado de las normas que
son transcripción de disposiciones comunitarias.
Así, el articulado de la Ley se ha estructurado en un Título
preliminar dedicado a recoger unas disposiciones generales y cinco
Libros que se dedican, sucesivamente, a regular la configuración
general de la contratación del sector público y los elementos
estructurales de los contratos, la preparación de estos contratos, la
selección del contratista y la adjudicación de los contratos, los
efectos, cumplimiento y extinción de los
contratos administrativos, y la organización administrativa para
la gestión de la contratación. El criterio primordial de
estructuración atiende a las materias reguladas (Título preliminar y
Libros I, IV y V) o a bloques homogéneos de actuación (Libros II y III).
Dentro de esos primeros niveles de ordenación, las divisiones
ulteriores se han establecido desagregando esos mismos criterios
(Libros I, III y V), o introduciendo una nueva pauta basada en el
alcance de las normas, según resulten aplicables a todos los
contratos, con carácter general, o sólo a determinados tipos
contractuales (Libros II y IV); por último, en los Libros II y III, ha
sido necesario utilizar un criterio adicional, agrupando las
disposiciones por razón de sus distintos destinatarios dentro del
sector público.
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| Dirigido a: |
Administración Pública
- Administración Central
- CC.AA.
- Ayuntamientos |
- Asesores Jurídicos
- Responsables de Contratación
- Interventores de la Administración
- Gestores Económicos
- Organos Técnicos
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Despachos de Abogados y Asesorías Jurídicas
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- Asesores de empresas licitadoras
- Operadores jurídicos y económicos relacionados con la contratación pública
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| Empresas Contratistas |
- Responsables de Contratación
- Directores Comerciales
- Responsables de Relaciones con la Administración Pública
- Asesores Jurídicos
- Directores financieros
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