Centrales de Contratación (sigue)
En la
Administración Local, Las Diputaciones Provinciales podrán crear
Centrales de Contratación de acuerdo con el pleno.
Las CCAA
y las EE.LL., así como los Órganos de Contratación y Entes Públicos
dependientes de ellos podrán adherirse al sistema de contratación
centralizada estatal regulado en el art. 190. La adhesión requerirá la
conclusión del correspondiente acuerdo con la Dirección General de
Patrimonio del Estado.