|
|
|
JORNADAS SOBRE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO |
| Día 18 de Junio de 2009 |
Formación sobre la Nueva Ley de Contratos del
Sector Público
[+ info]
La entrada en vigor el pasado mes de mayo de la nueva Ley de
Contratos del Sector Público supone un reto para aquellas
empresas que prestan servicios a la Administración. La solvencia
de estas empresas, unido a altos estándares de calidad y fiabilidad
en el proceso, hacen de la nueva forma de contratación pública un
proceso complejo que se debe dominar. De un lado, los
Departamentos de Asesoría y Despachos de Abogados, y del otro,
los responsables de la contratación por parte de las
Administraciones Públicas, debatirán y harán más accesible a los
asistentes esta renovación legislativa de tan alta repercusión.
[descargar programa PDF]
|
Hotel Intercontinental
Paseo de la Castellana, 49
28046 Madrid
Tel. +34 91 700 73 00 |
| Organiza : Executive
Forum España |
| Importe: 450 € + IVA = 522 € |
|
|
| |
| |
| |
| |
| |
3. Sin perjuicio de las
instrucciones y reglamentos técnicos nacionales que sean obligatorios,
siempre y cuando sean compatibles con el derecho comunitario, las
prescripciones técnicas podrán definirse de alguna de las siguientes
formas:
a) Haciendo referencia, de acuerdo con el siguiente orden de
prelación, a especificaciones técnicas contenidas en normas nacionales
que incorporen normas europeas, a documentos de idoneidad técnica
europeos, a especificaciones técnicas comunes, a normas
internacionales, a otros sistemas de referencias técnicas elaborados
por los organismos europeos de normalización o, en su defecto, a
normas nacionales, a documentos de idoneidad técnica nacionales o a
especificaciones técnicas nacionales en materia de proyecto, cálculo y
realización de obras y de puesta en funcionamiento de productos,
acompañando cada referencia de la mención «o equivalente».
b) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales,
incorporando a éstas últimas, cuando el objeto del contrato afecte o
pueda afectar al medio ambiente, la contemplación de características
medioambientales. Los parámetros empleados deben ser suficientemente
precisos como para permitir la determinación del objeto del contrato
por los licitadores y la adjudicación del mismo a los órganos de
contratación.
c) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, conforme a
lo indicado en la letra b), haciendo referencia, como medio de
presunción de conformidad con los mismos, a las especificaciones
citadas en la letra a).
d) Haciendo referencia a las especificaciones técnicas mencionadas en
la letra a), para ciertas características, y al rendimiento o a las
exigencias funcionales mencionados en la letra b), para otras.
4. Cuando las prescripciones técnicas se definan en la forma prevista
en la letra a) del apartado anterior, el órgano de contratación no
podrá rechazar una oferta basándose en que los productos y servicios
ofrecidos no se ajustan a las especificaciones a las que se ha hecho
referencia, siempre que en su oferta el licitador pruebe, por
cualquier medio adecuado, que las soluciones que propone cumplen de
forma equivalente los requisitos definidos en las correspondiente
prescripciones técnicas. A estos efectos, un informe técnico del
fabricante o un informe de ensayos elaborado por un organismo técnico
oficialmente reconocido podrán constituir un medio de prueba adecuado.
5. Cuando las prescripciones se establezcan en términos de rendimiento
o de exigencias funcionales, no podrá rechazarse una oferta de obras,
productos o servicios que se ajusten a una norma nacional que
incorpore una norma europea, a un documento de idoneidad técnica
europeo, a una especificación técnica común, a una norma internacional
o al sistema de referencias técnicas elaborado por un organismo
europeo de normalización, siempre que estos documentos técnicos tengan
por objeto los rendimientos o las exigencias funcionales exigidos por
las prescripciones.
En estos casos, el licitador debe probar en su oferta, que las obras,
productos o servicios conformes a la norma o documento técnico cumplen
las prescripciones técnicas establecidas |
|
| Dirigido a: |
Administración Pública
- Administración Central
- CC.AA.
- Ayuntamientos |
- Asesores Jurídicos
- Responsables de Contratación
- Interventores de la Administración
- Gestores Económicos
- Organos Técnicos
|
Despachos de Abogados y Asesorías Jurídicas
|
- Asesores de empresas licitadoras
- Operadores jurídicos y económicos relacionados con la contratación pública
|
| Empresas Contratistas |
- Responsables de Contratación
- Directores Comerciales
- Responsables de Relaciones con la Administración Pública
- Asesores Jurídicos
- Directores financieros
|
|
|