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CURSO SOBRE EL NUEVO REGLAMENTO DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO |
| Siguientes cursos: Día 18 de
Noviembre de 2009; Día 3 de Diciembre de 2009 |
Formación sobre la Nueva Ley de Contratos del
Sector Público
[+ info]
El pasado 16 de junio entró en vigor el Real Decreto 817/2009,de 8
de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30
de octubre, de Contratos del Sector Público.
Executive Forum organiza este Encuentro para conocer las principales
Novedades incorporadas en este Desarrollo Reglamentario. El ponente
será Juan José Pardo García-Valdecasas, autor del Reglamento Parcial
y Secretario de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa
del Ministerio de Economía y Hacienda
[descargar programa PDF]
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Hotel High Tech
Nueva Castellana
C/María Tubau 16
Madrid |
| Organiza : Executive
Forum España |
| Importe: 600 € + IVA = 696 € |
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3. Sin perjuicio de las
instrucciones y reglamentos técnicos nacionales que sean obligatorios,
siempre y cuando sean compatibles con el derecho comunitario, las
prescripciones técnicas podrán definirse de alguna de las siguientes
formas:
a) Haciendo referencia, de acuerdo con el siguiente orden de
prelación, a especificaciones técnicas contenidas en normas nacionales
que incorporen normas europeas, a documentos de idoneidad técnica
europeos, a especificaciones técnicas comunes, a normas
internacionales, a otros sistemas de referencias técnicas elaborados
por los organismos europeos de normalización o, en su defecto, a
normas nacionales, a documentos de idoneidad técnica nacionales o a
especificaciones técnicas nacionales en materia de proyecto, cálculo y
realización de obras y de puesta en funcionamiento de productos,
acompañando cada referencia de la mención «o equivalente».
b) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales,
incorporando a éstas últimas, cuando el objeto del contrato afecte o
pueda afectar al medio ambiente, la contemplación de características
medioambientales. Los parámetros empleados deben ser suficientemente
precisos como para permitir la determinación del objeto del contrato
por los licitadores y la adjudicación del mismo a los órganos de
contratación.
c) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, conforme a
lo indicado en la letra b), haciendo referencia, como medio de
presunción de conformidad con los mismos, a las especificaciones
citadas en la letra a).
d) Haciendo referencia a las especificaciones técnicas mencionadas en
la letra a), para ciertas características, y al rendimiento o a las
exigencias funcionales mencionados en la letra b), para otras.
4. Cuando las prescripciones técnicas se definan en la forma prevista
en la letra a) del apartado anterior, el órgano de contratación no
podrá rechazar una oferta basándose en que los productos y servicios
ofrecidos no se ajustan a las especificaciones a las que se ha hecho
referencia, siempre que en su oferta el licitador pruebe, por
cualquier medio adecuado, que las soluciones que propone cumplen de
forma equivalente los requisitos definidos en las correspondiente
prescripciones técnicas. A estos efectos, un informe técnico del
fabricante o un informe de ensayos elaborado por un organismo técnico
oficialmente reconocido podrán constituir un medio de prueba adecuado.
5. Cuando las prescripciones se establezcan en términos de rendimiento
o de exigencias funcionales, no podrá rechazarse una oferta de obras,
productos o servicios que se ajusten a una norma nacional que
incorpore una norma europea, a un documento de idoneidad técnica
europeo, a una especificación técnica común, a una norma internacional
o al sistema de referencias técnicas elaborado por un organismo
europeo de normalización, siempre que estos documentos técnicos tengan
por objeto los rendimientos o las exigencias funcionales exigidos por
las prescripciones.
En estos casos, el licitador debe probar en su oferta, que las obras,
productos o servicios conformes a la norma o documento técnico cumplen
las prescripciones técnicas establecidas |
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| Dirigido a: |
Administración Pública
- Administración Central
- CC.AA.
- Ayuntamientos |
- Asesores Jurídicos
- Responsables de Contratación
- Interventores de la Administración
- Gestores Económicos
- Organos Técnicos
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- Asesores Jurídicos
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